Diagnóstico e Impacto Ambiental

 

La manifestación de impacto ambiental, es un estudio  que permite predecir las consecuencias ambientales ocasionadas por el creciente desarrollo de proyectos como por ejemplo la construcción de una marina turística o bien la explotación de un banco de material, (arena, grava etc.).

Asimismo, una vez detectadas las consecuencias o impactos negativos, se pueden establecer medidas de mitigación, compensación o restauración.

La presentación de una manifestación de impacto ambiental es de carácter preventivo y tiene como fin dar cumplimiento a la legislación en materia, a nivel federal, estatal y municipal.

Las leyes y reglamentos en materia de evaluación de impacto ambiental, establecen en el ámbito de su competencia, las obras y actividades sujetas a la presentación de una manifestación de impacto ambiental.

Marco Legal Federal:

  • Artículo 28, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

  • Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental de la LGEEPA

A continuación, se señalan algunas de las obras y actividades que requieren de la presentación de Manifestaciones de Impacto Ambiental a nivel federal, para ser evaluadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT):

  • Marinas turísticas
  • Plantas de tratamiento de aguas residuales con descarga a ríos, arroyos o subsuelo
  • Dragado de ríos y arroyos
  • Carreteras
  • Autopistas
  • Puentes
  • Helipuertos
  • Aeropuertos
  • Cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como selvas y zonas áridas
  • Desarrollos turísticos e inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros
  • Parques industriales con actividades riesgosas
  • Minas
  • Gaseras
  • Obras y actividades en áreas naturales y protegidas
  • Industria química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento, eléctrica

Marco Legal Estatal:

  • Artículo 39, de la Ley 62 Estatal de Protección Ambiental.

  • Reglamento en materia de Impacto Ambiental de la Ley 62 Estatal de Protección Ambiental.

Las obras y actividades que requieren de la presentación de manifestaciones de impacto ambiental a nivel estatal, para ser evaluadas por la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado (SEDEMA):

  • Escuelas
  • Gasolineras
  • Hoteles
  • Centros comerciales
  • Fraccionamientos, unidades habitacionales y lotificaciones
  • Trabajos de movimiento de tierra y nivelación de terrenos
  • Hospitales y clínicas
  • Gasolineras y estaciones de carburación de gas
  • Cementerios y crematorios
  • Mercados y centrales de abastos
  • Bodegas y talleres
  • Central de autobuses
  • Bancos de material (arena, grava, etc.).
  • Plantas asfaltadoras
  • Plantas de concreto.

BiotecXa ofrece el servicio de elaboración de manifestaciones de impactos ambientales, federales, estatales y municipales, de acuerdo a las guías establecidas por las autoridades ambientales, así como la gestión correspondiente hasta obtener los resolutivos.

 

SUPERVISIÓN AMBIENTAL

Adicionalmente, BiotecXa ofrece el servicio de supervisión ambiental, para dar seguimiento y cumplir  con las condicionantes  establecidas en los resolutivos de impacto ambiental federales, estatales o municipales. La supervisión ambiental comprende:

  • Aviso de  inicio de actividades
  • Elaboración de programas
  • Capacitación para los trabajadores
  • Elaboración  de folletos educativos
  • Visitas de supervisión a lo largo del desarrollo de los proyectos
  • Elaboración de reportes de observaciones
  • Elaboración de informes para ser ingresados a la PROFEPA, SEMARNAT y/o SEDEMA.
  • Cierre de expediente.